Las competencias del Estado sobre su territorio tienen como
base la soberanía estatal que a su vez se conecta, como señala la profesora
Maria Victoria Revilla, con la idea de función. La soberanía comprende el
conjunto de competencias atribuidas al Estado por el Derecho internacional,
ejercitables con independencia e igualdad respecto de los demás Estados.
La soberanía tiene
una proyección interna, sobre el territorio del Estado, en el que se ejerce de
manera plena, exclusiva e inviolable, según señala Pastor Rueda la soberanía es
el ejercicio de la autoridad suprema que reside en el pueblo y que se ejerce a
través de los poderes públicos de acuerdo a su propia voluntad y sin la
influencia de elementos extraños. Contrariamente, Carlos De León sostiene que
"la soberanía es la cualidad de una sola potestad pública que manda sobre
los suyos y que en nombre de los suyos trata con los demás, no admite
limitaciones o determinaciones jurídicas extrínsecas.
Por ultimo, el
autor De León antes mencionado estima también que, la soberanía como conjunto
de las competencias atribuidas al Estado no es una mera formalidad, es un
principio jurídico que a pesar de estar expuesto a las corrientes de la
globalización financiera que caracteriza al contexto internacional actual, debe
ser defendida para garantizar la seguridad del Estado.
La Carta de las
Naciones Unidas establece que las relaciones de amistad entre las naciones
están basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la
libre determinación de los pueblos" y en el "principio de la igualdad
soberana de todos sus Miembros.
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